Conducta Vial, es un espacio creado y dirigido por Fernando Ulloa con el objetivo de mejorar la educación de la sociedad argentina, tanto a nivel individual como comunitario, que ofrece desde su sitio en Internet, un importante servicio en donde informarse, aprender y participar activamente.
Conducta Vial es llevado a cabo por un grupo de personas preocupadas por la innumerable cantidad de accidentes de tránsito que acechan a las calles y rutas argentinas, que decidió ocuparse seriamente de esta problemática.
De acuerdo a los informes de la Organización Mundial de la Salud para el año 2020 los accidentes de tránsito serán la tercer causa de muerte y lesiones entre las personas.
En la Argentina, las estadísticas nos hablan de aproximadamente 7.500 personas fallecidas por año, víctimas en accidentes de tránsito y del 75% al 90% corresponden a fallas de factor humano. La cantidad de lesionados se estima en 120.000 anuales. Se producen más de un millón de accidentes viales por año, lo cual arrojaría un promedio de 119 incidentes por hora, a razón de uno cada 30 segundos.
En nuestro país una persona adulta fallece por hora, y un bebé por semana, víctimas de los mal llamados accidentes de tránsito, especialmente en el interior del país.
Según el informe de CV, los niños de hasta un año son particularmente vulnerables a los accidentes de tránsito, no sólo por su incapacidad de reacción, sino también por la fragilidad de su cuerpo y por el mayor peso relativo que tiene su cabeza, lo que aumenta las probabilidades de lesiones por un golpe brusco. En muchos casos, quedan con secuelas neurológicas o con convulsiones. Muchas de las muertes se producen por el vuelco o despiste de camionetas, ómnibus y furgonetas. También, porque los adultos transportan a los chicos en bicicletas y motos.
Para ahondar más en esta severa problemática y acercar acciones preventivas eficaces, este sitio web ofrece Consejos de Seguridad para la familia, Educación Vial para colegios e instituciones educativas, y Noticias del Mundo Vial, además de videos.
También dedica una interesante sección al trabajo en Red donde difunde la acción de varias ONG de nuestro país, entre ellas, la Campaña Educar para la Convivencia de la Asociación Argentina para la Infancia, el link y el segundo de los afiches con las reglas básicas de convivencia.
Mientras que la Ley de Tránsito Nacional habla sólo de llevar a los menores en las plazas traseras y con cinturón de seguridad, el Código de la Ciudad de Buenos Aires y el Scoring van por más y, dentro del reglamento de este último, “conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente” resta 4 puntos. Cabe aclarar que al menos el 70% de las lesiones que sufren los niños en accidentes de tránsito se evitarían usando correctamente los sistemas de retención adecuados.
¿Por qué ubicados atrás y con la retención infantil apropiada?
Los niños que van “sueltos” en el auto ya sea adelante, en los asientos de atrás, en el compartimiento de carga de una station wagon o weekend o, incluso, acostados en la luneta, con tan sólo una frenada de emergencia, el riesgo de que sufran lesiones es extremadamente alto. Nuestras investigaciones y los crash tests realizados internacionalmente y analizados por CESVI demuestran que los niños saldrán despedidos por efecto de la inercia e impactarán contra el interior del vehículo o contra un vidrio, con la posibilidad de atravesarlo y caer luego sobre la calle, multiplicándose los riesgos con la posibilidad de ser atropellados.
A modo ilustrativo podemos decir que en un choque a 60 km/h un niño de 20 kg de peso saldrá proyectado con una fuerza de 340kg. Es decir, la fuerza con la que golpea contra los elementos que tuviera en frente será de 17 veces su propio peso.
Fabián Pons, Gerente General de CESVI dijo al respecto: “Es increíble ver cómo hay padres que circulan con el cinturón abrochado pero dejan que sus hijos vayan librados al azar dentro del vehículo. Las sillitas bien colocadas y ajustadas al vehículo salvan vidas. Seamos concientes de que perjudicamos la vida de las personas que más queremos. Está claro que hay un vacío legal sobre el tema, sobre todo en la Ley Nacional, pero estamos hablando de la vida de nuestros hijos. Si no hay normativa, al menos hagámoslo por amor. Les aseguro que si una madre viera algún video que ilustre lo que ocurre con su hijo en caso de un choque sin retención, jamás dejaría que esto ocurra”.
Tipos de sillitas
Para conocer un poco más de qué se trata la “retención infantil correspondiente”, detallamos los distintos grupos de sillitas según las edades y los pesos de los chicos, que van cambiando y adaptándose a su crecimiento:
- Grupo “0” – Hasta 10 kg de peso o hasta los 12 meses aproximadamente. Aquí se destaca la importancia de montar los sistemas en sentido contrario a la marcha porque “reducen entre 3 y 5 veces la fuerza que debe soportar el niño en caso de colisión.
- Grupo “0+” – Hasta los 13 kg de peso o 18 meses aproximadamente. A partir de este grupo puede ir sentado mirando hacia delante.
- Grupo “I” – De 9 a 18 kg de peso o hasta los 4 años aproximadamente.
- Grupo “II” y Grupo “III” – de 15 a 36 kg o hasta los 12 años aproximadamente. Para este último grupo, será necesario utilizar un amoldador que permita ajustar el cinturón de seguridad como si se tratase del cuerpo de un adulto. En éste caso, el objetivo es conseguir darle más altura al niño, de manera que la cinta del cinturón de seguridad se ajuste perfectamente al cuerpo del mismo y que en ningún momento pase muy cerca del cuello o por afuera del hombro.
Datos escalofriantes
Las cifras que entregan las aseguradoras indican que los menores de 10 años sufren tantos accidentes en el tránsito siendo peatones o ciclistas, como cuando son ocupantes de vehículos. De los menores lesionados en accidentes de tránsito, el 50% se encuentra dentro del vehículo. Asimismo, al menos el 70% de las lesiones que sufren los niños en accidentes de tránsito, en general en cuello, cara y cabeza, se evitarían usando correctamente los sistemas de retención infantil.
Lo que hay que saber...
Estadísticamente el asiento trasero es el más seguro. En particular, la ubicación del centro es la más oportuna, siempre que cuente con cinturones de tres puntos (por los posibles choques laterales).
La silla debe quedar firmemente sujeta al asiento del vehículo, de modo que se elimine casi totalmente cualquier movimiento entre ambos, tanto lateral como longitudinal.
Prestar especial atención al recorrido del cinturón de seguridad sobre el cuerpo del niño: la banda diagonal nunca debe ir por encima del cuello y la horizontal ha de ajustarse lo más bajo posible sobre la cadera.
Para prevenir el riesgo de lesión cervical, el cambio de sillita a un amoldador, debe analizarse sólo cuando la altura del niño sentado en el amoldador permita la correcta sujeción con el cinturón de seguridad del vehículo (sin que pase por encima del cuello y sostenga bien la clavícula).
Para ajustar el cinturón de seguridad y sujetar estos elementos a la butaca del vehículo, se lo debe hacer siguiendo las instrucciones del fabricante de la silla o amoldador.
En el caso de un vehículo con airbag lateral, se debe tener en cuenta que bajo ninguna circunstancia el niño se apoye sobre la puerta, ya que una activación de este elemento de seguridad lo puede lesionar gravemente. Para esto, las sillas de seguridad tienen la posibilidad de que el niño se recueste sobre los laterales de este elemento, eliminando el problema.
Un sistema de retención infantil, sobre todo aquel del tipo de colocación en sentido inverso a la marcha, nunca debe ubicarse delante de un airbag frontal de pasajero.
En la Argentina no se homologan sillas de seguridad. Por ello, elija solamente modelos de butacas que cuentan con las normas de Europa o Estados Unidos.
Lo que dice la Ley
Ley Nacional 24.449
Artículo 40º.- REQUISITOS PARA CIRCULAR.
Para poder circular con automotor es indispensable:
g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero;
k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.
Ley 2148. Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
5.2.4 Prohibiciones.
Está prohibido a los conductores “Transportar personas menores de doce (12) años o mayores a esa edad pero de talla inferior a un metro con veinte centímetros (1,20 metros) en los asientos delanteros”.
Lo que dice el Scoring
Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente, resta 4 puntos.